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Nuevas ayudas al autoconsumo

Fotovoltaica para autoconsumo industria

Nuevas ayudas al autoconsumo

La Xunta de Galicia, a través del INEGA, lanza nuevas ayudas vinculadas al autoconsumo y el almacenamiento con fuentes de energía renovable.

Se trata de una subvención por concurrencia no competitiva con fecha de inicio de solicitudes el 21 de octubre de 2021 y hasta el 31 de diciembre del 2023, o en su defecto, hasta acabar con los fondos. El plazo de ejecución de la instalación es de un máximo de 18 meses desde la notificación de la resolución de concesión de a ayuda.
La ayuda se distribuye en tres líneas principales, cuyos beneficiarios son:

  • Empresas, incluyendo las empresas de servicios energéticos.
  • Gestores de polígonos industriales.
  • Personas jurídicas o agrupaciones de empresas que realicen actividades económicas.
  • Entidades sin ánimo de lucro que realicen actividades económicas.
  • Comunidades de energías renovables y comunidades ciudadanas de energía.

Estas son las principales líneas de ayudas y los proyectos subvencionables correspondientes:

  • Programa de incentivos 1:

Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento. Se subvencionarán proyectos de instalaciones de fotovoltaica y/o eólica para autoconsumo, con o sin almacenamiento. La subvención máxima a percibir se corresponderá con los 5 primeros MW de potencia de la instalación.

  • Programa de incentivos 2:

Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento. Se subvencionarán proyectos de instalaciones de fotovoltaica y/o eólica para autoconsumo, con o sin almacenamiento. La subvención máxima a percibir se corresponderá con los 5 primeros MW de potencia de la instalación.

  • Programa de incentivos 3:

Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y en otros sectores productivos. Se subvencionarán proyectos de incorporación de almacenamiento en instalaciones de fotovoltaica y/o eólica existentes.

Se considerarán elegibles las instalaciones de almacenamiento que cumplan las siguientes características:

  • No puede estar conectado directamente a la red.
  • Ratio de capacidad / potencia generada ≤ 2 kWh/kW.
  • Las tecnologías plomo-ácido no serán elegibles.

Para los programas de incentivos 1 y 2, la subvención máxima a percibir se corresponderá con los 5 primeros MW de potencia de la instalación. Asimismo, todas las instalaciones deberán contar con un sistema de monitorización de la energía eléctrica producida por la instalación objeto de subvención.

En las siguientes tablas se refleja la intensidad de las diferentes líneas de ayuda ya mencionadas anteriormente y la dotación presupuestaria total:

Intensidad de la ayuda:

subvenciones autoconsumo xunta de galicia

subvenciones autoconsumo xunta de galicia

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Dotación presupuestaria:

subvenciones autoconsumo galicia

Puedes consultar aquí la resolución completa

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